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NUEVO DECRETO DE INSPECCIONES EN FINCAS

Por fin se ha publicado el Decreto de inspección de fincas que entrará en vigor mañana. En el mismo se regula:

-El procedimiento de ejecución, registro y comunicación de las inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas en baja tensión.
-La legal puesta en servicio de las excepciones de las reformas de las instalaciones eléctricas comunes de edificios de viviendas.
-La inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes de edificios destinados principalmente a viviendas que dispongan de más de dieciséis suministros.
-El establecimiento de determinados criterios de seguridad en los suministros de socorro en algunos locales de pública concurrencia.

Se aplicará en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a las instalaciones receptoras eléctricas, a los sujetos que intervienen en la legal puesta en servicio de las mismas y en su posterior inspección periódica, así como a los titulares o usuarios de dichas instalaciones.

La primera inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes de edificios de más de 16 suministros de una antigüedad mayor a diez años se efectuará antes de la fecha que se indica a continuación, según el número de suministros de los edificios:

a) Antes del 1 de diciembre de 2020: 24 o más suministros.
b) Antes del 1 de diciembre de 2021: 22 a 23 suministros.
c) Antes del 1 de diciembre de 2022: 20 a 21 suministros.
d) Antes del 1 de diciembre de 2023: 18 a 19 suministros.
e) Antes del 1 de diciembre de 2024: 17 suministros.

Os dejamos el enlace al documento completo para su consulta BOCM2019.04.08

Como siempre, esperamos que sea de vuestro interés y agradecemos vuestros comentarios. Para cualquier duda que os surja no dudéis en preguntarnos.

Defectos habituales en reformas integrales de finca.

Escalera en edificio.

En este artículo queremos daros a conocer las deficiencias que más encontramos en las inspecciones de reformas integrales de finca.

Un error que solemos encontrar en este tipo de instalaciones, viene producido por la incorrecta identificación del objeto de la reforma; ya que una reforma integral, implica que todos los elementos de las instalaciones comunes se han de adaptar, para cumplir con el R.D 842/2002.

Esto significa que, a la hora de presupuestar, se tendrán en cuenta las actuaciones necesarias para actualizar la totalidad de los cuadros, líneas e incluso los receptores instalados en el conjunto de las zonas comunes.

Si tenemos un edificio con ascensor, caldera, cuarto de bombas y trasteros por ejemplo, las instalaciones eléctricas de todos estos elementos, se tendrán que legalizar como si fueran nuevas, es decir, deberán estar completamente adaptadas al nuevo reglamento, bien estén alimentadas de diferentes contadores, bien del mismo de mancomunidad.

Nos hemos encontrado, en ocasiones, reformas integrales, cuyas instalaciones de enlace estaban correctísimas, pero con cuadros de ascensores absolutamente desactualizados, o cuartos de calderas que no se habían ni revisado.  Todas las reformas integrales llevan inspección obligatoria, y en estos casos, no es posible diligenciar los certificados hasta que no se subsanen dichos defectos, con el coste económico que supone reformar un cuarto de calderas completo, por ejemplo, con la obra ya terminada.

A parte de lo comentado, los defectos más reiterados en este tipo de instalaciones, son los siguientes:

  • No hay extintor en el cuarto o armario de contadores.
  • No hay enchufe en armario de contadores.
  • No existe selectividad entre los diferenciales del cuadro de ascensores y cuadro de servicios comunes: siendo normalmente el diferencial de fuerza del ascensor de 300 mA, el que se instale en el cuadro de servicios comunes para alimentar la línea del mismo,  tendrá que ser un diferencial de sensibilidad menor o de salto más lento para conseguir la selectividad exigida.
  • No hay un número suficiente de tubos de reserva para las derivaciones: se ha de instalar un tubo de reserva por cada 10 derivaciones o fracción, es decir hasta 10, uno, de 10 a 20, dos y así sucesivamente.
  • Existen instalaciones de antena, portero, alumbrado o usos varios en las verticales de las derivaciones: las canaladuras verticales de las derivaciones deben ser única y exclusivamente para alojar las derivaciones.
  • Existen instalaciones ajenas en el cuarto o armario de contadores: No se permiten instalaciones ajenas al servicio eléctrico en los armarios o cuartos de contadores, p.e. antenas, telefonillos, productos de limpieza, etc.
  • Cuadros eléctricos en zonas comunes sin elementos que impidan el acceso al público en general: Se deben tomar medidas para que no se puedan manipular las instalaciones eléctricas por personal no autorizado.

Otros defectos, cada vez menos frecuentes son:

  • Falta de rejilla de ventilación intumescente en armario o cuarto de contadores: la centralización debe estar ventilada y la rejilla ha de ser intumescente.
  • Registro de planta sin resistencia al fuego de 30 minutos.
  • Canaladuras verticales sin resistencia al fuego de 120 minutos.
  • Canaladuras verticales de dimensiones no reglamentarias: Recordad que las dimensiones mínimas del conducto que aloja las derivaciones son 65 cm de ancho por 15 cm de profundidad, pero que en reformas, se permite realizar la instalación mediante tubos empotrados.
  • Cuartos de contadores con medidas inferiores a 2,30 m de alto, anchura de pared de contadores de 1,5 m y distancia de los contadores al primer obstáculo de 1,1 m.
  • Armarios de contadores con menos de 1,5 m desde la parte más saliente hasta la pared opuesta.
  • Luminarias de emergencia insuficientes: debe quedar perfectamente iluminado cada cambio de dirección en la ruta de evacuación.
  • Canalización de la LGA no reglamentaria: os remitimos al artículo del uso del tubo rojo, por si tuviérais dudas sobre esto.

Esperamos que este artículo os resulte interesante y os pedimos que comentéis cualquier duda o aspecto.

Sabemos que las reformas de finca son instalaciones que, en la mayoría de los casos, requieren de bastante «ingenio» en su consecución, debido a las características de los edificios y a las dimensiones de los espacios comunes existentes. No dudéis en contactarnos ante cualquier cuestión.

 

Errores comunes en instalaciones nuevas de viviendas

   errores instalaciones viviendas

   Tras estos años  de experiencia haciendo inspecciones, hemos observado que existen algunos errores frecuentes que se repiten en ciertas instalaciones.

   Hoy vamos a dedicar el post a los más recurrentes en las  instalaciones nuevas de viviendas.

1. Tomas de corriente de la cocina sobre el plano de trabajo junto a pila o fuegos/vitro.

   Las tomas de corriente de la cocina se instalarán fuera de un volumen delimitado por los planos verticales situados a 0,5 m del fregadero y de la encimera de cocción o cocina.

2. Magnetotérmico de lavadora-lavavajillas-termo de 20 A.

   Las tomas de corriente de 16 A soportan en principio, y según el fabricante, esa intensidad máxima. Por eso, y siempre que la toma de corriente no venga equipada con fusibles de seguridad que limiten el amperaje en la base, será necesario limitarlo en el magnetotérmico de origen, evitando así un posible sobrecalentamiento.

3. Tomas de corriente conectadas de forma no reglamentaria.

   El reglamento no permite «coser» las tomas de corriente, aunque éstas lleven bornes preparados  para tal efecto. Es necesario cablear desde una caja de registro a cada base de forma independiente, exceptuando el caso de las tomas de corriente múltiples.

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Fuente: http://facilitamos.catedu.es/

4. Número de puntos de fuerza inferior al exigido.

   Muchas veces nos hemos encontrado con 2 tomas de corriente en una habitación pequeña, cuando el mínimo exigido es 3. Recordaros además, que a efectos de número de puntos de fuerza, las tomas múltiples cuentan como uno solo.

   Por ejemplo, en cocinas el número mínimo de puntos de fuerza se eleva a 8 para cocinas sin termo, calefacción o secadora.

5. Toma de TV con base adyacente simple.

   Siempre que se prevea instalar toma de antena de TV, la toma de corriente anexa tendrá que ser obligatoriamente múltiple.

6. Puntos de luz sin conductor de protección.

    Aunque es una situación que raramente se produce, alguna vez nos encontramos con puntos de luz con conductores de fase y neutro, pero sin conductor de tierra. Según el RD 842/2002 el conductor de tierra es siempre obligatorio.

7. Las viviendas de más de 160 m2, obligatoriamente deben de disponer de grado de electrificación elevado.

Viviendas de superficie superior a 160 m2, con electrificación básica.

8. Aparatos de iluminación en baños a menos de 2,25 m de altura.

   Por encima de los 2,25 m se permiten equipos de iluminación sin protección adicional, pero por debajo de esa altura, deben tener el grado de protección que corresponda en función del volumen en el que se encuentren.

   Para terminar,  incluimos la tabla del reglamento donde se recogen estas y otras especificaciones a tener en cuenta cada vez que realicéis la instalación de una vivienda (ITC-BT-25):

Estancia Circuito Mecanismo Nº mínimo Superf./Longitud
Acceso C1 pulsador timbre 1
Vestíbulo C1 Punto de luz
Interruptor 10 A
C2 Base 16 A 2p + T 1
Sala de estar o
Salón
C1 Punto de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 3 una por cada 6 m2, redondeado al entero superior
C8 Toma de calefacción 1 hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
C9 Toma de aire acondicionado 1 hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
Dormitorios C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 3 una por cada 6 m2, redondeado al entero superior
C8 Toma de calefacción 1
C9 Toma de aire acondicionado 1
Baños C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
C5 Base 16 A 2p + T 1
C8 Toma de calefacción 1
Pasillos o
distribuidores
C1 Puntos de luz
Interruptor/Conmutador 10 A
1
1
uno cada 5 m de longitud
uno en cada acceso
C2 Base 16 A 2p + T 1 hasta 5 m (dos si L > 5 m)
C8 Toma de calefacción 1
Cocina C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
 hasta 10m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 2 extractor y frigorífico
C3 Base 25 A 2p + T 1 cocina/horno
C4 Base 16A 2p + T 3 lavadora, lavavajillas y termo
C5 Base 16A 2p + T 3 encima del plano de trabajo
C8 Toma calefacción 1
C10 Base 16 A 2p + T 1 secadora
Terrazas y
Vestidores
C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
Garajes unifamiliares
y otros
C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16A 2p + T 1 hasta 10 m2 (dos si S >  10 m2)

Como siempre, esperamos vuestras dudas y comentarios, así como que este blog os sea de utilidad.