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¿Es mi instalación un local de pública concurrencia?

   local pública concurrencia

   Una de las situaciones más frecuentes a la hora de realizar una instalación y su posterior legalización es tener dudas sobre si se trata de un local de los considerados de pública concurrencia, ya que la variedad de condiciones en las que una instalación es considerada así,  es amplia.

La circunstancia más habitual es la de un comercio u oficina que, dependiendo de su ocupación y si tiene o no atención al público, va a ser considerado pública concurrencia:

•    con atención al público y ocupación superior a 50 personas.
•    sin atención al público y ocupación superior a 100 personas.

La siguiente situación es que la instalación se encuentre entre las indicadas en la ITC-BT-28 como pública concurrencia:
•    Locales de espectáculos y actividades recreativas.                                  – Cualquiera que sea su capacidad de ocupación: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar.
•    Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:
– Cualquiera que sea su ocupación: Templos, Museos, Salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías
– Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos.

La última circunstancia es que el local se encuentre entre alguna de las situaciones definidas en la norma UNE 20460-3:
•    Edificios de gran altura, cuya definición se ajusta en cada municipio, a los criterios del servicio de extinción de incendios y en función de los medios disponibles. “BD2 (difícil) local con baja densidad de ocupación y condiciones difíciles de evacuación”.
•    Teatros, cines, etc. “BD3 (atestado) alta densidad de ocupación y fáciles condiciones de evacuación”.
•    Edificios de gran altura abiertos al público, hoteles, hospitales, etc. “BD4 (difícil y atestado) alta densidad de ocupación y difíciles condiciones de evacuación”.
En este caso, será un técnico titulado competente el que deberá definir las condiciones de evacuación.

   Para calcular la ocupación en los supuestos en los que sea necesario, se debe contemplar la superficie útil, es decir, excluyendo mobiliario, pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios. El cómputo se puede realizar según lo contemplado en el REBT de 1 persona por cada 0,8 m2, o utilizando los criterios del Código Técnico de la Edificación, descritos a continuación:

Uso Zona o tipo de actividad Ocupación (m2/persona)
Administrativo Plantas o zonas de oficinas 10
Vestíbulos generales y zonas de uso público 2
Docente Conjunto de la planta o del edificio 10
Locales diferentes de aulas, como laboratorios, talleres, gimnasios, salas de dibujo, etc 5
Aulas (excepto de escuelas infantiles) 1,5
Aulas de escuelas infantiles y salas de lectura de bibliotecas 2
Hospitalario Salas de espera 2
Zonas de hospitalización 15
Servicios ambulatorios y de diagnóstico 10
Zonas destinadas a tratamiento a pacientes internados 20
Comercial En establecimientos comerciales:
·         áreas de ventas en plantas de sótano, baja y entreplanta 2
·         áreas de ventas en plantas diferentes de las anteriores 3
En zonas comunes de centros comerciales:
·         mercados y galerías de alimentación 2
·         plantas de sótano, baja y entreplanta o en cualquier otra con acceso desde el espacio exterior 3
Plantas diferentes de las anteriores 5
Locales de reunión Zonas destinadas a espectadores sentados:
·         con asientos definidos en el proyecto 1 por asiento
·         sin asientos definidos en el proyecto 0,5
Zonas de espectadores de pie 0,25
Zonas de público en discotecas 0,5
Zonas de público de pie, en bares, cafeterías, etc. 1
Zonas de público en gimnasios:
·         con aparatos 5
·         sin aparatos 1,5
Piscinas públicas
·         zonas de baño (superficie de los vasos de las piscinas) 2
·         zonas de estancia de público en piscinas descubiertas 4
·         Vestuarios 3
Salones de uso múltiple en edificios para congresos, hoteles, etc. 1
Zonas de público en restaurantes de “comida rápida”, (p. ej: hamburgueserías, pizzerías…) 1,2
Zonas de público sentado en bares, cafeterías, restaurantes, etc. 1,5
Salas de espera, salas de lectura en bibliotecas, zonas de uso público en museos, galerías de arte, ferias y exposiciones, etc. 2
Vestíbulos generales, zonas de uso público en plantas de sótano, baja y Entreplanta 2
Vestíbulos, vestuarios, camerinos y otras dependencias similares y anejas a salas de espectáculos y de reunión 2
Zonas de público en terminales de transporte 10
Zonas de servicio de bares, restaurantes, cafeterías, etc. 10
Almacenes Archivo, almacén 40

   Esperamos que este artículo os sea de utilidad. Y no dudéis en comentar, si tenéis alguna pregunta o aportación.
Un abrazo.

Errores comunes en instalaciones nuevas de viviendas

   errores instalaciones viviendas

   Tras estos años  de experiencia haciendo inspecciones, hemos observado que existen algunos errores frecuentes que se repiten en ciertas instalaciones.

   Hoy vamos a dedicar el post a los más recurrentes en las  instalaciones nuevas de viviendas.

1. Tomas de corriente de la cocina sobre el plano de trabajo junto a pila o fuegos/vitro.

   Las tomas de corriente de la cocina se instalarán fuera de un volumen delimitado por los planos verticales situados a 0,5 m del fregadero y de la encimera de cocción o cocina.

2. Magnetotérmico de lavadora-lavavajillas-termo de 20 A.

   Las tomas de corriente de 16 A soportan en principio, y según el fabricante, esa intensidad máxima. Por eso, y siempre que la toma de corriente no venga equipada con fusibles de seguridad que limiten el amperaje en la base, será necesario limitarlo en el magnetotérmico de origen, evitando así un posible sobrecalentamiento.

3. Tomas de corriente conectadas de forma no reglamentaria.

   El reglamento no permite «coser» las tomas de corriente, aunque éstas lleven bornes preparados  para tal efecto. Es necesario cablear desde una caja de registro a cada base de forma independiente, exceptuando el caso de las tomas de corriente múltiples.

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Fuente: http://facilitamos.catedu.es/

4. Número de puntos de fuerza inferior al exigido.

   Muchas veces nos hemos encontrado con 2 tomas de corriente en una habitación pequeña, cuando el mínimo exigido es 3. Recordaros además, que a efectos de número de puntos de fuerza, las tomas múltiples cuentan como uno solo.

   Por ejemplo, en cocinas el número mínimo de puntos de fuerza se eleva a 8 para cocinas sin termo, calefacción o secadora.

5. Toma de TV con base adyacente simple.

   Siempre que se prevea instalar toma de antena de TV, la toma de corriente anexa tendrá que ser obligatoriamente múltiple.

6. Puntos de luz sin conductor de protección.

    Aunque es una situación que raramente se produce, alguna vez nos encontramos con puntos de luz con conductores de fase y neutro, pero sin conductor de tierra. Según el RD 842/2002 el conductor de tierra es siempre obligatorio.

7. Las viviendas de más de 160 m2, obligatoriamente deben de disponer de grado de electrificación elevado.

Viviendas de superficie superior a 160 m2, con electrificación básica.

8. Aparatos de iluminación en baños a menos de 2,25 m de altura.

   Por encima de los 2,25 m se permiten equipos de iluminación sin protección adicional, pero por debajo de esa altura, deben tener el grado de protección que corresponda en función del volumen en el que se encuentren.

   Para terminar,  incluimos la tabla del reglamento donde se recogen estas y otras especificaciones a tener en cuenta cada vez que realicéis la instalación de una vivienda (ITC-BT-25):

Estancia Circuito Mecanismo Nº mínimo Superf./Longitud
Acceso C1 pulsador timbre 1
Vestíbulo C1 Punto de luz
Interruptor 10 A
C2 Base 16 A 2p + T 1
Sala de estar o
Salón
C1 Punto de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 3 una por cada 6 m2, redondeado al entero superior
C8 Toma de calefacción 1 hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
C9 Toma de aire acondicionado 1 hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
Dormitorios C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 3 una por cada 6 m2, redondeado al entero superior
C8 Toma de calefacción 1
C9 Toma de aire acondicionado 1
Baños C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
C5 Base 16 A 2p + T 1
C8 Toma de calefacción 1
Pasillos o
distribuidores
C1 Puntos de luz
Interruptor/Conmutador 10 A
1
1
uno cada 5 m de longitud
uno en cada acceso
C2 Base 16 A 2p + T 1 hasta 5 m (dos si L > 5 m)
C8 Toma de calefacción 1
Cocina C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
 hasta 10m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16 A 2p + T 2 extractor y frigorífico
C3 Base 25 A 2p + T 1 cocina/horno
C4 Base 16A 2p + T 3 lavadora, lavavajillas y termo
C5 Base 16A 2p + T 3 encima del plano de trabajo
C8 Toma calefacción 1
C10 Base 16 A 2p + T 1 secadora
Terrazas y
Vestidores
C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
Garajes unifamiliares
y otros
C1 Puntos de luz
Interruptor 10 A
1
1
hasta 10 m2 (dos si S > 10 m2)
uno por cada punto de luz
C2 Base 16A 2p + T 1 hasta 10 m2 (dos si S >  10 m2)

Como siempre, esperamos vuestras dudas y comentarios, así como que este blog os sea de utilidad.