Visado o declaración responsable

Desde la desaparición de la obligatoriedad del visado profesional de los proyectos y certificados final de obra, según lo establecido en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (donde se modifican diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio), se viene solicitando, cuando dichos documentos no están visados, una declaración responsable del técnico competente en la que declare que en la fecha de la firma de los citados documentos, estaba en posesión de la titulación correspondiente y no se encontraba inhabilitado para el ejercicio de la profesión.

Como sabéis, en numerosas ocasiones, tras la inspección en campo se comprueba que la instalación no se ajusta a lo indicado en la documentación presentada, lo que implica la modificación de la misma.

Estás modificaciones pueden realizarse mediante cambios en el propio proyecto, elaborando un anexo o incluyendo las actualizaciones precisas en un nuevo certificado final de obra.

En cualquiera de los casos, salvo en el último, por motivos obvios, los cambios conllevan la elaboración de un nuevo certificado final de obra con fecha actualizada a la emisión de la modificación.

Dichos documentos (proyecto, anexo, certificado final de obra) deberán estar visados, en el caso de que los inicialmente presentados lo estuvieran o bien, acompañados de sendas declaraciones responsables nuevas, con fecha actualizada, en resto de casos.

Como siempre, esperamos que el presente artículo os sea de utilidad.

¡Muchas gracias!

Nuevo modelo oficial de Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión

El pasado lunes 11 de julio, se publicó en el BOCM la RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, por la que se publica el modelo oficial de Certificado e Instalación Eléctrica en Baja Tensión de la Comunidad de Madrid.

En la mencionada Resolución se prevé que el nuevo modelo oficial de Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión entre en vigor a los veinte días de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, es decir, el 9 de agosto de 2022. Os dejamos enlace al nuevo modelo.

Como novedad importante, desde la mencionada fecha, será necesario descargarse el modelo nuevo de boletín y cada vez que vaya a cumplimentarse se generará un código único que se ingresará en EXIN en la tramitación y que aparecerá en todos los documentos vinculados a la legalización, incluido el justificante de presentación (antes COVE). De esta forma toda la documentación relacionada con la tramitación telemática será trazable entre sí.

Os dejamos enlace al documento por si fuese de vuestro interés.

Seguiremos informando de las novedades y ya sabéis que cualquier duda que tengáis estaremos encantados de atenderos.

Uso obligatorio del Portal del Instalador para legalizar instalaciones nuevas de BT

¡Buenos días a todos y a todas!

Nos comunican desde la DGPEI (antes DGIEM) que TODAS LAS INSTALACIONES A LEGALIZAR DEBEN GESTIONARSE A TRAVES DEL PORTAL DEL INSTALADOR YA SEAN NUEVAS, MODIFICACIONES, AMPLIACIONES O MULTI INSTALACIONES.

  1. Para la legalización en los casos de modificaciones, ampliaciones y multi instalaciones, como el portal de momento no deja otra opción, hay que indicar Nueva y luego, el Organismo de Control lo tramitará con la opción correcta.
  1. En las Modificaciones de instalaciones y Ampliaciones de potencia es imprescindible adjuntar la factura de la luz o bien indicar el CUPS en observaciones del boletín.
  1. Otro de los requisitos para la legalización de cada expediente es la cumplimentación y firma de la Solicitud que os enviaremos sellada, fechada y con el nº de expediente iniciado como comprobante del inicio del registro.

Dentro del portal podéis seleccionar a nuestra EICI, para que seamos quienes continuemos con el resto de los pasos necesarios para culminar el procedimiento de registro (revisión de la solicitud, corrección de datos y cumplimentación de los que falten en el expediente, revisión documental e inspección si aplica).

El link del portal es: https://www.elportaldelinstalador.com/

INSTRUCCIONES DE USO:

  1. REGISTRARSE: El instalador/interesado se debe registrar en el portal del instalador. (Accediendo al link y pinchando en registrar usuario/ rellenando los datos que os solicitan y os llegará un correo electrónico con vuestro usuario y clave para acceder desde el botón “LOGIN”) Posteriormente podéis cambiar vuestra contraseña de acceso para que os resulte más cómodo.

TUTORIAL: https://www.youtube.com/watch?v=YyQI_Yerh4A&ab_channel=GrupomostEspa%C3%B1a

  1. INICIAR UNA SOLICITUD POR CADA EXPEDIENTE A PRESENTAR: (SOLICITUDES/ALTA DE NUEVA SOLICITUD) Se pueden copiar solicitudes y solo cambiar algunos datos (esto os agilizará el trámite) El instalador/interesado cumplimenta la solicitud, introduce los datos que solicitan y carga la documentación que le requieran (Si no aparece el nombre exacto del documento que debéis subir podéis cargarlo en ADJUNTAR OTROS DOCUMENTOS). Informaros que el pago de la tasa 030 y el pago de la EICI no son documentos obligatorios para anexar junto a la solicitud, podemos anexarlo a la hora de generar el expediente en EXIN (muy útil cuando os gestionemos las tasas nosotros).

TUTORIAL: https://www.youtube.com/watch?v=ABkgdjOyFvI

  1. ENVIAR: SEGÚN AVANCÉIS Y OS APAREZCAN TODOS LOS TICS EN LA COLUMNA IZQUIERDA PULSAD AL BOTON ENVIAR (En color azul). Una vez que iniciéis la solicitud, nosotros tendríamos acceso a la misma para su posible modificación, siendo finalmente nosotros quienes procederemos al registro, revisión de la documentación, planificación de la visita de inspección (si aplica) etc.

TUTORIAL: https://www.youtube.com/watch?v=L4KyT2H_BDU

  1. EMAILS: Os irán llegando correos electrónicos sobre la evolución en los procedimientos de vuestros expedientes y sus cambios de estado. Cuando creéis la solicitud os asignará un número y en el caso de las instalaciones nuevas el sistema os informará cuando se abra expediente en la aplicación de Industria (EXIN)

Cualquier duda que tengáis estaremos encantados de atenderos. ¡Feliz semana!.