
En el último año se han producido cambios en el proceso de tramitación de instalaciones eléctricas de baja tensión en la comunidad de Madrid, lo que ha llevado a modificar el contenido mínimo requerido en el certificado final de obra.
Este documento debe incluir los siguientes apartados:
- Datos relativos al titular y/o representante de la instalación
- Datos de la empresa distribuidora
- Uso al que se destina la instalación
- Datos referentes a la empresa instaladora y al instalador
- Verificaciones por medidas y ensayos
- Identificación de la persona que firma la documentación técnica y justificación de su competencia
- Firma del técnico titulado competente, con firma reconocida y validable.
Es especialmente importante destacar que el certificado debe incluir los datos de la empresa distribuidora y de la empresa instaladora, así como las verificaciones realizadas mediante medidas y ensayos, incluyendo los valores de resistencia de puesta a tierra y resistencia de aislamiento de los conductores.
La competencia técnica del responsable de la documentación técnica puede ser demostrada mediante el visado del colegio oficial o mediante la inclusión de una declaración responsable.
Esperamos que esta información haya sido útil y estaremos encantados de recibir tus comentarios para seguir mejorando.
Hola, en una instalación existente la Un es 127 Vac y conductores tipo IKB, (aislamiento tela), sin i.DIF de protección, Reglamento del 73.
Se planifica la posible sustitución de luminarias en tecnología led, sería viable esta opción sin adecuar la instalación a la Un de 230??
Buenos días. La instalación tiene que cumplir, al menos, con el Reglamento del 73 y con éste ya era obligatorio instalar un diferencial en la vivienda.
El cuadro, al ser existente, deberá de cumplir el resto de prescripciones recogidas en dicho reglamento y todo lo que se haga nuevo, cumplirá el reglamento del 2002.
Muchas gracias por el comentario y esperamos haberle sido de ayuda =)